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SD 17.859 – Expte. 31.330/09 – “G. J. M. c/ La Salteña S.A. s/ despido” – CNTRAB – SALA IX – 31/05/2012
EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR JUSTA CAUSA. ABANDONO DEL TRABAJO. Art. 244 de la Ley 20744. Comunicaciones laborales. Dependiente que reconoció expresamente que no prestaba servicios por razones de salud. AUSENCIA DE JUSTIFICACIÓN DE LAS AUSENCIAS. CAMBIO DE LUGAR DE TRABAJO. INCENDIO DE LA PLANTA FABRIL. Hecho de público y notorio conocimiento. Dación de trabajo a los empleados en otra planta fabril. Puesta a disposición de los dependientes de un servicio de traslados. FALTA DE CONFIGURACIÓN DE UN EJERCICIO ABUSIVO DEL “IUS VARIANDI”. RECHAZO DE LA DEMANDA
Citar: elDial.com - AA7762
Publicado el 10/07/2012
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Términos mencionados en este fallo: trabajo, reconoció, ausencias, contrato, laborales, dependiente, expresamente, servicios, incendio, dependientes.